Enciclopedia jurídica

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Parlamento Europeo

[DE] Órgano comunitario, con sede en Estrasburgo, que tiene su origen en la Asamblea común de la CECA, CEE y la CEEA. Está compuesto por los representantes de los Estados miembros elegidos por sufragio universal directo por los ciudadanos (hoy día 786 diputados). Cada legislatura tiene una duración de cinco años. Sus principales funciones son: 1) fundón decisoria en los diversos procedimientos legislativos; 2) función consultiva, y 3) función de control frente a la Comisión. TCE, arts. 189 a 201.

Derecho de las Comunidades Europeas

El Parlamento Europeo (arts. 189-201 T.C.E.) es la institución comunitaria que representa a los pueblos de los Estados miembros reunidos en la Comunidad. En un principio, los miembros del Parlamento Europeo eran designados en el seno de los parlamentos nacionales pero, a partir de 1979, sus representantes se eligen por sufragio universal directo. El Parlamento Europeo está formado por 626 miembros que son elegidos para un periodo de cinco años y que se reparten de la siguiente manera: Alemania, 99; Francia, Reino Unido e Italia, 87; España, 64; Países Bajos, 31; Bélgica, Grecia y Portugal, 25; Suecia, 22; Austria, 21; Dinamarca y Finlandia, 16; Irlanda, 15 y Luxemburgo, 6. El Tratado de Amsterdam establece que el número de miembros del Parlamento Europeo no podrá exceder de setecientos. Los miembros del Parlamento Europeo no se agrupan por nacionalidades sino por ideologías en grupos políticos -existen ocho grupos políticos-. La organización administrativa y la dirección de las actividades del Parlamento Europeo corre a cargo de la Mesa compuesta por el presidente del Parlamento Europeo, catorce vicepresidentes y cinco cuestores -sin derecho a voto-. La Conferencia de Presidentes -constituida por el Presidente del Parlamento Europeo y los Presidentes de los grupos Parlamentarios- se encarga de la organización de los trabajos parlamentarios, el establecimiento del orden del día y de las relaciones con las demás instituciones. El Parlamento Europeo desarrolla su trabajo a través de comisiones parlamentarias -existen veinte comisiones permanentes, también se pueden crear comisiones temporales, de investigación, mixtas y delegaciones interparlamentarias- que preparan y facilitan los trabajos del Pleno. El Parlamento Europeo cuenta con tres sedes: Estrasburgo para las sesiones plenarias, Bruselas para las reuniones de las comisiones permanentes y Luxemburgo, donde se encuentra la secretaría. Los poderes del Parlamento Europeo han ido aumentando con las sucesivas reformas de los Tratados fundacionales. Sus funciones son las siguientes:

- El Parlamento Europeo participa en el proceso legislativo comunitario a través del procedimiento de consulta, del procedimiento de cooperación -donde tiene un veto condicional: si se opone a una decisión que el Consejo puede adoptar por mayoría cualificada, le obliga a la unanimidad- y del procedimiento de codecisión -aquí el veto del Parlamento tiene carácter definitivo: si el Parlamento decide rechazar la propuesta, el Consejo no podrá adoptarla-. Además, se requiere su dictamen conforme para la conclusión de acuerdos internacionales y acuerdos de asociación con terceros Estados, para la adhesión de nuevos Estados, para la organización de los Fondos estructurales y el Fondo de Cohesión y para ampliar las competencias del B.C.E. y el ejercicio del derecho de libre circulación y residencia de los ciudadanos de la Unión.

- El Parlamento Europeo ejerce un control político a través de las interpelaciones que realiza a la Comisión y al Consejo -orales, escritas y en el turno de preguntas-. También tiene competencia para crear comisiones de investigación en casos de infracción o mala administración en la aplicación del Derecho comunitario. En relación a la Comisión, ejerce un control político considerable: puede solicitarle que presente las propuestas oportunas sobre cualquier asunto que a juicio del Parlamento requiera la elaboración de un acto comunitario, aprueba la designación del presidente de la Comisión Europea, toda la Comisión en pleno debe someterse al voto de aprobación del Parlamento Europeo, puede presentar una moción de censura contra la Comisión que, en caso de prosperar, tendría que dimitir en bloque. Además, la Comisión debe remitirle anualmente un informe general y un informe sobre la aplicación del Derecho comunitario.

- Por último, el Parlamento Europeo tiene importantes competencias presupuestarias al participar junto al Consejo en la elaboración del presupuesto -tiene la última palabra en relación a los gastos no obligatorios y puede rechazar en bloque el presupuesto- y aprobar la gestión de la Comisión en la ejecución del presupuesto.

En el ámbito de la ciudadanía europea, el Parlamento Europeo elige al defensor del pueblo y conoce de cualquier petición o queja realizada por un ciudadano de la Unión o cualquier persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro sobre temas que sean competencia de la Comunidad (derecho de petición) [V. dictamen (dictamen conforme y dictamen consultivo); Consejo Europeo; comisión europea de derechos del hombre; moción de censura; ciudadanía de la Unión; defensor del pueblo; derecho de petición; adhesión de estados; fondos estructurales; fondo de cohesión; Banco Central Europeo (B.C.E.); presupuesto].

Conocido en los primeros textos fundacionales como Asamblea Europea y Asamblea Parlamentaria Europea, es la institución comunitaria que, con un carácter más consultivo que legislativo, tiene poder de control y dictamina sobre todos los actos legislativos comunitarios importantes. Tiene autonomía para organizarse y regular su funcionamiento mediante el correspondiente reglamento interior que aprueba y actualiza periódicamente. Está prevista una sesión anual con una reunión de pleno derecho el segundo martes de marzo. Pero puede convocarse sesión extraordinaria a petición de la mayoría de sus miembros o a petición del Consejo o de la Comisión. El Parlamento puede constituir comisiones permanentes o temporales.

Tratado CEE, artículos 137 a 144, con las modificaciones introducidas por el Tratado de Maastricht, artículo GE.

Hacia 1944, cuando el mundo no había despertado aun de la pesadilla de la guerra, delegados de los movimientos de resistencia de nueve países-incluidos Italia y Alemania- se reunían clandestinamente en Ginebra para dar impulso de la idea de una unión Federal de Europa. A lo largo de cuatro reuniones dieron forma a un manifiesto cuya idea fundamental era que había llegado el momento de superar el dogma de la soberanía absoluta, pues solamente una federación de democracias podía prevenir una nueva guerra franco-alemana.

Esa Europa ideal encontró más adelante sus paladines en Jean monet-para quien la autarquía de las naciones no representa un medio para evitar las guerras sino para multiplicarlas- y Robert schuman. Hacia 1950 nace la comunidad europea del Carbón y del acero (ceca), un poco antes del consejo de Europa, con sede en estrasburgo.

Un paso importante en la direcció n buscada lo da el tratado de Roma, en 1957, que evidencia una afirmación de la tendencia económica. En 1958 se crean la comunidad económica europea y la

comunidad europea de la energía atomica (EURATOM). La realización de las tareas confiadas a las comunidades esta asegurada a través de cuatro instituciones: el parlamento europeo, el consejo, la Comisión y el tribunal de justicia. La composición del parlamento permite que el mismo sea un organismo esencialmente comunitario y completamente integrado. No existen secciones nacionales sino únicamente grupos políticos organizados a nivel europeo. En líneas generales, puede decirse que ejerce globalmente la defensa del viejo continente. En 1964, el doctor Gaetano Martino, presidente del organismo, manifestó que "si en el siglo pasado hubiera podido concretarse la Unión de los estados europeos, el mundo se hubiese evitado dos terribles guerras". A su vez, en 1972, el entonces primer Ministro de gran Bretaña, Edward heath, afirmó en estrasburgo que "en el momento en que Europa hable como una sola voz, el mundo se detendra a escucharla".

Ambas opiniones señalan un anhelo tenazmente reiterado de los gobernantes europeos a partir de la finalización de la segunda guerra mundial: lograr la integración económica y la unidad política continentales. El parlamento europeo es la entidad que puede llegar a producir un fenómeno casi inédito en la historia del hombre: un desarrollo armónico en un clima de paz.

Hasta ahora, el parlamento estaba formado por 198 miembros designados por los parlamentos nacionales de los nueve países que constituyen la comunidad económica europea-Francia, gran
Bretaña, Alemania Federal, Holanda, Dinamarca, Irlanda, Bélgica, Italia y Luxemburgo-; en las reuniones del consejo de Europa del 12 y 13 de junio de 1976, los jefes de gobierno y de estado de los nueve países acordaron una nueva fórmula para la elección de representantes en el parlamento, o sea, el sufragio universal y
directo. Esta innovación fue posteriormente ratificada por los parlamentos nacionales. Como consecuencia, el nuevo parlamento europeo costa de 410 miembros, los cuales, contrariamente a lo
que sucedía hasta ahora, no deben ser, obligatoriamente, miembros de un parlamento Nacional. Conviene aclarar, asimismo, que, si
bien la elección se realiza a título personal, ha habido alianzas de diferentes partidos a fin de presentar programas y candidatos comunes.

Hasta ahora, en el parlamento se hallaban representadas, principalmente, las agrupaciones políticas socialistas,

democristianas, liberales, conservadoras y comunistas, y además, grupos independientes (en forma minoritaria).

Las elecciones que se realizaron entre el 7 y el 10 de junio de 1979 consagraron a estrasburgo como la capital parlamentaria europea. Tal cosa significa que esta ciudad francesa pueda llegar a convertirse en la capital de Europa, simplemente. Fue ésta una exigencia sostenida tenazmente por el presidente francés, valery giscard d\'estaing, en contra de análogas pretensiones belgas y luxemburguesas. Debe hacerse notar que todo lo concerniente al parlamento europeo tiene especial resonancia en Francia, ya que ha sido de paris de donde partieron las principales iniciativas concernientes a Europa.


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